Volver
Moción

EC se opone a las leyes que castigan las ofensas a los sentimientos religiosos

Infoslide

El artículo 525 del Código Penal Español castiga a quienes “para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente […] escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quiénes los profesan o practican”.

Etiquetas

Principales

Derecho y JusticiaReligión

Secundarias

Libertad de ExpresiónDerechos HumanosRol de la Religión
Comentarios
Sección de comentarios

Inicia sesión para unirte a la conversación

Cargando comentarios...