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EC se opone a la venta de participaciones en las demandas colectivas

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En algunas jurisdicciones existe la posibilidad de 'vender la participación' en una demanda colectiva. Así, una empresa especializada o un actor interesado puede pagar a una, varias o todas las personas demandantes para quedarse con su derecho a reclamar una indemnización. Generalmente, la participación se vende por debajo del precio de lo que se espera ganar con la demanda, pero no existe garantía de que la demanda prospere y el valor de retribución puede acabar siendo nulo. Un ejemplo podría ser una empresa demandada por daño ambiental que adquiere los derechos de los demandantes finalizando el procedimiento, o un grupo ecologista comprando esos mismos derechos para poder llevar el juicio a término.

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